"Es genial comprobar que todavía tienes la capacidad de sorprenderte a ti mismo". Kevin Spacey en American Beauty.

"Es curioso, cuanto más entrenamos, más suerte tenemos". Larry Bird.

viernes, 11 de diciembre de 2020

LOS SEGUROS DE VIDA RIESGO Y EL CORONAVIRUS

 El aumento de la mortalidad derivado del Coronavirus no ha impactado en las cuentas del seguro de Vida Riesgo. En los tres primeros trimestres ingresó 3.719 millones de euros en primas, y pagó 831 millones por siniestros, lo que representa un porcentaje de siniestralidad del 22,3%, según los datos presentados por ICEA.



Esta siniestralidad durante los meses más duros de la pandemia es incluso más baja que el 23,8% registrado el pasado ejercicio, derivado de unas primas por 4.859 millones en el conjunto del año y unas prestaciones de 1.157 millones. Y es todavía menor que el 23,9% computado en 2018.

En cuanto a crecimiento, la crisis ha afectado ligeramente al encaje de primas del ramo, retrocedieron un 0,14% respecto al mismo mes del año anterior. Por el contrario, los asegurados aumentaron y se situaron en 20.921.527, un 0,25% más.


Francisco Javier Romero Iñigo.

 

viernes, 4 de diciembre de 2020

¿ PORQUÉ ES IMPRESCINDIBLE MANTENER INCENTIVOS A LOS SISTEMAS DE AHORRO INDIVIDUAL PARA LA JUBILACIÓN ?

 La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 rebaja de 8.000 euros a 2.000 euros los límites anuales de aportación a los sistemas de ahorro individual para la jubilación, y también los realizados en favor del cónyuge, de 2.500 a 1.000 euros. 21 profesores y catedráticos de universidad han firmado un manifiesto que aboga por el mantenimiento del tratamiento actual de los sistemas de ahorro individuales para la jubilación.


Para los firmantes, la idea del Gobierno de impulsar los sistemas de pensiones en el ámbito empresarial en España no debe realizarse reduciendo drásticamente la capacidad de los particulares de destinar su ahorro de forma voluntaria a reforzar su futura pensión.

El ahorro individual para la jubilación es imprescindible por varias razones:


     Por la estructura del mercado laboral español. El establecimiento de diferentes límites de aportación entre sistemas individuales y de empleo, relegando a los individuales que tendrían un límite notoriamente inferior, es discriminatorio para la gran mayoría de la población ocupada española. Afectaría especialmente a las más de 3,2 millones adheridos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); así como a los empleados por cuenta ajena, especialmente de las pymes, en las que el ahorro colectivo apenas está presente (aproximadamente, 4,3 millones de trabajadores). Hasta que se implementen las reformas anunciadas en el sistema de empleo, el sistema individual seguirá siendo necesario e imprescindible para todos aquellos que no puedan acceder a un sistema de ahorro de empleo en su configuración actual.

     Por la cuantía insuficiente de ahorro que se podría acumular dentro del sistema individual. A razón de 2.000 euros por año, un trabajador o autónomo podría acumular 80.000 euros si ahorra durante 35 años de trayectoria profesional, más la rentabilidad que obtuviera este dinero. Teniendo en cuenta este importe durante los 20 años de esperanza de vida una vez alcanzada la edad de jubilación, el resultado sería claramente insuficiente para complementar la pensión pública y garantizarle unos ingresos totales adecuados.

     Por la irregularidad de los ingresos del trabajo. Las crisis económicas son fenómenos cíclicos y se materializan varias veces a lo largo de la vida laboral. Por este motivo, debe permitirse a los trabajadores, especialmente a los autónomos, recuperar su capacidad de ahorro para la jubilación en los años en los que tienen estabilidad en sus ingresos.

     Por la experiencia internacional. En todos los países de la Unión Europea y de la OCDE existen estímulos fiscales al ahorro e incentivos fiscales adicionales para la promoción y desarrollo de sistemas de previsión social, tanto empresariales como individuales. La reducción drástica de los límites de aportación de los sistemas individuales en España contravendría la clara tendencia internacional y europea de estimularlos.

     La fiscalidad de los planes de pensiones supone un diferimiento de la tributación. Es decir, su tratamiento fiscal no genera beneficios. La reducción en la base imponible del IRPF de las aportaciones se compensa más adelante con la tributación como rendimiento de trabajo de las prestaciones. Por lo tanto, toda medida destinada a reducir ahora las deducciones fiscales por aportaciones derivará en una reducción de los ingresos fiscales del Estado en el medio y largo plazo.

 

Comentado por Francisco Javier Romero Iñigo.