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"Es curioso, cuanto más entrenamos, más suerte tenemos". Larry Bird.

viernes, 20 de mayo de 2011

TERREMOTO LORCA


El Consorcio de Compensación de Seguros ha gestionado ya 14.600 expedientes del terremoto de Lorca
Prevé llegar hasta los 30.000 expedientes con un coste aproximado de 70 millones de euros
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) ha gestionado hasta la fecha 14.600 expedientes relacionados con el terremoto ocurrido en Lorca (Murcia) el 11 de mayo. La entidad pública dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda prevé que el número total de expedientes de siniestro que habrá que tramitar alcanzará los 30.000 con un coste aproximado inicial de 70 millones de euros, tal y como avanzó el pasado fin de semana la vicepresidenta segunda y ministra de Economía, Elena Salgado.

Para acelerar al máximo el trabajo y el pago de las indemnizaciones, el CCS ha desplazado a la localidad a un equipo de 100 peritos que, según Economía, “podrían incrementarse si el número de expedientes lo requiriese hasta alcanzar los 200 profesionales”. El Ministerio también recuerda que el Consorcio ha incrementado su plataforma de atención telefónica en 90 puestos para atender las llamadas de los damnificados y ha puesto en funcionamiento un buzón para que los asegurados afectados o sus representantes puedan dejar grabados sus números de teléfono y ser llamados por el CCS para que puedan presentar su reclamación de daños. De esta forma, subraya, “se evita que el asegurado se vea obligado a seguir llamando y se le garantiza que recibirá en los días siguientes una llamada del CCS en la franja horaria de mañana o tarde que hubiese indicado”.

Las primeras indemnizaciones, la próxima semana

Los primeros pagos, correspondientes a las valoraciones de daños más sencillas, de entre los primeros expedientes asignados a los peritos, se realizarán la semana próxima y, a partir de entonces, “el ritmo de pagos semanales se irá incrementando progresivamente, estimándose que en el plazo de tres meses habrán sido indemnizados entre el 80% y el 85% de los siniestros, quedando pendiente sólo un 15% aproximadamente de siniestros de peritación más compleja, insuficientemente documentados o registrados con retraso”.

En todo caso, remarca Economía, aunque la Ley de Contrato de Seguro establece que la comunicación de daños debe hacerse en un plazo máximo de 7 días, “los mediadores de seguros y las entidades aseguradoras pueden tener la tranquilidad de que el CCS no va a rechazar la tramitación y el pago de un siniestro por el hecho de que esta comunicación se produzca más tarde”. Asimismo, aprovecha para recordar que, si bien no es necesario que el asegurado espere a la visita del perito del Consorcio para iniciar las tareas de desescombro, limpieza y reparación, siempre que no existan impedimentos por razón de seguridad, sí es “muy importante” que el asegurado realice “fotografías acreditativas de la situación en que se encuentra el bien afectado y de cómo evoluciona ésta a medida que se realizan las tareas señaladas”. Igualmente, el asegurado debe conservar los presupuestos y las facturas que acrediten el coste de las actuaciones realizadas.

Por último, se aconseja que el asegurado tenga a disposición del perito del CCS, además de la documentación mencionada, el original y una copia de la póliza de seguro y del recibo de pago de la prima, así como algún recibo o documento bancario en el que conste la cuenta bancaria a la que el asegurado hubiese solicitado que se abone la indemnización.

lunes, 9 de mayo de 2011

NUEVO ITINERARIO FORMATIVO

CURSOS DE SEGUROS


Programa de especialización en Seguros (150 horas)compuesto por tres cursos consecutivos
ESPECIALIDAD DURACIÓN TURNO INICIO FINAL
Teoría General del Seguro 50 h Mañana 18/05/2011 31/05/2011
Mediador de seguros C 50 h Mañana 2/06/2011 15/06/2011
Seguro del Automóvil 50 h Mañana 20/06/2011 4/07/2011

HORARIO MAÑANAS DE 9 A 14 HORAS

LUGAR DE REALIZACIÓN:

CENTRO DE FORMACIÓN EN SEGUROS Y FINANZAS
Ctra. Colmenar Viejo km. 13,800 (COLEGIO SAN FERNANDO)
AUTOBUSES 711, 712, 713, 716, 717, 721, 722, 724, 725, 726
INTERCAMBIADOR DE PLAZA DE CASTILLA

INFORMATE:
Teléfono: 91 372 11 25 horario de 9 a 14
E-mail: formacionenseguros@gmail.com

SENTENCIAS DE INTERES EN EL SECTOR ASEGURADOR



Renta vitalicia a una menor tetrapléjica a causa de un accidente de tráfico
La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a MUTUA MADRILEÑA a pagar a una niña de siete años que sufrió un accidente de tráfico en 2005, cuando tenía dos años, que la dejó tetrapléjica, una pensión vitalicia de 4.000 euros mensuales, y 1.031.801,87 de euros de indemnización, informa la agencia Efe. Según afirma el abogado de la menor, Marcial Polo, la sentencia es "pionera por la cuantía y por la fórmula de indemnización, abriendo una vía jurídica para casos similares".

El abogado explica que la sentencia es pionera porque, aceptando parcialmente las peticiones formuladas, se acoge a la posibilidad, prevista en la ley que regula las indemnizaciones por accidentes de tráfico, de sustituir una parte de la indemnización que le podría corresponder a la víctima por una renta vitalicia, sin sujeción a ningún límite de tiempo ni de cantidad. El objetivo es que el coste de las múltiples necesidades asistenciales de toda índole que la niña precisará durante el resto de su vida quede cubierto.

Esta sentencia, contra la que solo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, "abre el camino para que las víctimas de accidentes de tráfico que padecen graves secuelas incapacitantes sean indemnizadas con dignidad, de forma que, al menos, se cubra el coste de la asistencia que necesitan", concluye el abogado.

La Audiencia de Valencia condena a indemnizar un accidente aplicando el “mes de gracia”

La agencia Efe ha informado también que la Audiencia de Valencia ha condenado a PELAYO SEGUROS a pagar los gastos de un cliente que sufrió un accidente de tráfico a pesar de que le había caducado, por impago de la prima, la cobertura del seguro, aplicando al caso el "mes de gracia". La sentencia de la sección séptima ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la aseguradora contra un fallo anterior, que ahora queda confirmado.

Los hechos se remontan al 10 de agosto de 2005, al producirse un accidente de circulación cuando un turismo causó una colisión en cadena después de chocar levemente con el vehículo que circulaba delante, que a su vez golpeó a otros tres coches. El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Valencia estimó parcialmente la demanda presentada por uno de los conductores implicados en el siniestro contra otros dos y sus aseguradoras, y condenaba a uno de ellos a indemnizar con 2.353 euros al demandante, mientras que absolvía al otro. La aseguradora del condenado interpuso un recurso de apelación contra ese fallo, que derivaba a la aseguradora la responsabilidad del asegurado. Alegaba que su cliente no tenía que responder de los daños derivados del accidente, porque a su juicio no quedaba suficientemente demostrado que lo causara, y que, además, éste no estaba asegurado porque en el momento del siniestro no había pagado la prima anual correspondiente.

Sobre la mecánica del accidente, el tribunal concluye que las diferentes declaraciones de las partes en el juicio no determinan con exactitud la participación en el siniestro del actor, que iba el segundo en la cadena de vehículos que chocaron. En lo que respecta a la cobertura de la aseguradora, el tribunal señala que el contrato de cobertura anual, del 6 de agosto de 2004 a esa misma fecha del año siguiente, no estaba vigente en el momento del suceso, y que así se le había comunicado al asegurado. No obstante, y a pesar de aceptar que la baja fue por impago, entiende que el contrato no refiere a una prima única anual sino a "una prima sucesiva en cuanto que se había pagado ya la de la anualidad anterior", lo que hace aplicable al caso el "mes de gracia" en la cobertura que regula el artículo 15.2 de la Ley de Contrato de Seguro.